Publicadas el viernes pasado las notas provisionales de la Especialidad de Educación Física, podéis consultarlas en el enlace que ponemos a vuestra disposición. También os proporcionamos un modelo para realizar reclamaciones a las mismas.
Tenéis a vuestra disposición las notas del tribunal de EF en:
Las reclamaciones se podrán presentar desde hoy hasta el 3 de febrero inclusive, de 10 a 13 en el Registro del IES “Antonio Machado” y de 17:30 a 19:30 en el aula d-215-A del mismo instituto.
Podéis seguir enviándonos estas reclamaciones a RECOPILACIÓN DE RECLAMACIONES INDIVIDUALES OPOS 2011 Por mail a: reclamacionesoposiciones2011@gmail.com opor fax al: 91 521 91 33
No usaremos ningún dato personal de nadie y respetaremos la confidencialidad.
Mantenemos actualizada la información sobre interin@s en:
A continuación os relatamos cómo quedan las retribuciones de los docentes tras las modificaciones establecida en la Ley 6/2011 de Acompañamiento a los Presupuestos de la Comunidad de Madrid en las bajas por Incapacidad Temporal en los casos de enfermedad común y accidente no laboral.
1.- Funcionarios docentes acogidos o afiliados a MUFACE y al Régimen General de la Seguridad Social (de carrera, en prácticas e interinos).
Durante los tres primeros meses el funcionario o funcionaria docente, sea de carrera, en prácticas o desempeñando la docencia en régimen de interinidad, sigue percibiendo a cargo de su Administración las retribuciones en la misma cantidad que le correspondería en cada momento en su puesto de trabajo si no se encontrase en Incapacidad Temporal.
A partir del cuarto mes percibe de su Administración las retribuciones básicas, que son el sueldo y los trienios y un subsidio que da MUFACE, de cuantía fija e invariable mientras dura la situación de Incapacidad Temporal y de la Administración también en el caso de las interinidades, y que es la mayor de las dos cantidades siguientes:
a) El 80 por ciento de las retribuciones básicas (sueldo y trienios), incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria, correspondientes al tercer mes de licencia.
b) El 75 por ciento de las retribuciones complementarias devengadas en el tercer mes de licencia.
En cualquier caso la suma de las retribuciones básicas y del subsidio, sea este de MUFACE o de la propia Administración, no puede superar al total de las retribuciones en situación de alta.
La opción b) supone automáticamente la pérdida del 25% del complemento específico, pero como veréis en el documento adjunto en algunos casos es más favorable que la opción a).
En resumen, durante los tres primeros meses no hay pérdida, pero a partir del cuarto mes de baja si hay una reducción salarial que es importante.
2) Los trabajadores docentes que no sean funcionarios interinos afiliados al Régimen General de la Seguridad Socialtienen derecho a una prestación por incapacidad temporal a partir del cuarto día de la misma, en los siguientes términos:
Desde el día 4 hasta el 20 inclusive el 60% de la base reguladora.
Desde el día 21 en adelante el 75% de la base reguladora.
Los 3 primeros días no están cubiertos por el sistema de la Seguridad Social, pero la Administración abonará el 100% de las retribuciones.
¿Cómo se calcula la base reguladora? Dividiendo el importe de la base de cotización (normalmente el sueldo, más la sexta parte de la paga extra) del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (30 en este caso).
CCOO PEDIRÁ LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA QUE ANULA LA PRIVATIZACIÓN DEL C.P. MIGUEL ÁNGEL BLANCO DE EL ÁLAMO Y EXIGE QUE SE DEPUREN LAS CORRESPONDIENTES RESPONSABILIDADES POLÍTICAS
El Tribunal Supremo en sentencia de 1 de uno de diciembre de 2.011, comunicada ayer, no admite el Recurso de Casación presentado por la Consejería de Educación contra la sentencia del TSJ de Madrid que declaraba “nulo de pleno derecho” el Decreto del Gobierno Regional por el que se privatizaba el Colegio Público Miguel Ángel Blanco de El Álamo. Igualmente, el Tribunal Supremo condena a la Consejería de Educación a pagar las costas.
CCOO va a pedir la ejecución de la sentencia, que entendemos obliga a la Consejería de Educación a devolver el C.P. Miguel Ángel Blanco de El Álamo al Registro de Centros Públicos. CCOO demandará también que los profesores/as nombrados en ese centro, ilegalmente privatizado, sean resarcidos por la irregular pérdida de su destino.
CCOO exige que se depuren las correspondientes responsabilidades políticas por una actuación que ha sido reiteradamente condenada por los tribunales de justicia, que ha ocasionado graves perjuicios a los ciudadanos madrileños y que ha supuesto una escalada en el ataque a la enseñanza pública.